En México se ha adoptado el etiquetado alimentos como un mecanismo de protección al consumidor, así al comprar alimentos y bebidas envasados, además de revisar la información relevante del producto alimenticio a consumirse, se puede dar cuenta de la fecha de consumo preferente y la fecha límite de consumo o de caducidad.
La fecha de caducidad deberá contener la información específica del producto para mantenerlo en condiciones óptimas de conservación, debe advertir al consumidor con las siguientes leyendas: “manténgase en refrigeración”, “consérvese en congelación” “ una vez abierto, manténgase en congelación” u otras analogías.
Cuando se detecta falta o incumplimiento de los criterios normativos sobre etiquetado de alimentos como es la fecha de caducidad y consumo preferente, la institución encargada de vigilar, verificar, y en su caso sancionar, el incumplimiento de dichos criterios es la Procuraduría Federal de Protección del Consumidor (Profeco).
La COFEPRIS recomienda a los consumidores lo siguiente:
- Buscar en los productos envasados la fecha de caducidad o de consumo preferente. Esta debe contener información clara y completa, sin tachaduras, enmendaduras, ni sobre etiquetado.
- Revisar que los productos refrigerados o congelados estén en buenas condiciones de almacenamiento, es decir menor de 7°C para refrigerados y -18°C para congelados.
- El envase, empaque y/o embalaje se encuentren en buenas condiciones y sin signos de maltrato o ruptura.
Debemos saber diferenciar estos términos…
Fecha de caducidad: es la fecha límite en que se considera que las características sanitarias y de calidad para el consumo de un producto pre envasado, almacenado en las condiciones sugeridas por el responsable del producto, se reducen o eliminan y después de esta no debe comercializarse ni consumirse.
Fecha de consumo preferente: Es la fecha en que, bajo determinadas condiciones de almacenamiento, expira el periodo durante el cual el producto pre envasado es comercializable y mantiene las cualidades específicas que se le atribuyen, pero después de ésta el producto pre envasado puede ser consumido.
Fecha de duración mínima: “consumir preferentemente antes de”, la fecha en que, bajo determinadas condiciones de almacenamiento, expira el periodo durante el cual el producto es totalmente comercializable y mantiene cuantas cualidades específicas se le atribuyen tácita o explícitamente. Sin embargo, después de esta fecha , el alimento puede ser todavía enteramente satisfactorio.
Fecha límite de utilización: (fecha límite de consumo recomendada, fecha de caducidad), la fecha en que termina el periodo después del cual el producto, almacenado en las condiciones indicadas, no tendrá probablemente los atributos de calidad que normalmente esperan los consumidores. Después de esta fecha, no se considerará comercializable el alimento.
Nótese que existe un periodo intermedio entre la fecha de consumo preferente y la fecha de caducidad, en dicho periodo el producto alimenticio es aún comercializable, aunque no representa un peligro para la salud, algunas propiedades como consistencia, sabor o apariencia, puede ser no satisfactorios.
En nuestros días, donde existe un libre intercambio de productos y servicios, mismos que son normados por organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación (FAO), creadas en 1963, quienes se encargan de elaborar las normas, directrices y códigos de prácticas alimentarias internacionales.